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Guía

Plazos legales que la empresa no debe dejar pasar

Algunos plazos empiezan a correr cuando ocurre algo: se nombra a un administrador, la sociedad pierde la mitad de su capital, un trabajador comete una falta o un cliente no paga. Desde ese momento empiezan a correr y, si vencen, las consecuencias pueden recaer en el patrimonio personal de socios y administradores.

Esta guía reúne los más importantes para una empresa, con la norma que los fija. Los plazos anuales de cuentas y junta están en el calendario societario.

La sociedad y sus administradores

Plazos que dependen de los administradores. Varios de ellos, si se incumplen, trasladan las deudas de la sociedad al patrimonio personal de socios o administradores.

10 días

desde la aceptación del cargo

Inscribir el nombramiento de un administrador

El nombramiento debe presentarse a inscripción en el Registro Mercantil, indicando si los administradores con poder de representación actúan por sí solos o de forma conjunta. Conviene encargar la inscripción en el mismo momento de la aceptación.

6 meses

desde que un único socio reúne todas las participaciones o acciones

Inscribir que la sociedad ha pasado a tener un solo socio

Si la unipersonalidad no se inscribe en ese plazo, el socio único responde personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas durante ese periodo. Una vez inscrita, deja de responder de las deudas posteriores.

2 meses

desde que concurre la causa, por ejemplo, pérdidas que dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital

Convocar la junta si hay causa de disolución

Los administradores deben convocar la junta para que acuerde la disolución o las medidas que eliminen la causa, como aumentar o reducir el capital. Si no lo hacen, responden solidariamente de las deudas sociales posteriores a la causa. Si la sociedad es insolvente, lo que procede es el concurso o la comunicación de negociaciones con los acreedores.

2 meses

desde que se conoce o se debió conocer la insolvencia actual

Solicitar el concurso de acreedores

La sociedad que no puede cumplir regularmente sus obligaciones debe solicitar el concurso en ese plazo. Si no lo hace, el concurso se presume culpable, lo que puede acarrear responsabilidad para los administradores.

1 año

desde que se adoptó el acuerdo; si se inscribió, desde la fecha de oponibilidad de la inscripción

Impugnar un acuerdo de la junta o del consejo

Pasado ese plazo, el acuerdo ya no puede impugnarse, salvo que sea contrario al orden público. Si el acuerdo se adoptó por escrito, el plazo cuenta desde la recepción de la copia del acta.

Máximo 6 años

de duración del cargo, según los estatutos

Renovar a los administradores de la sociedad anónima

En la sociedad anónima el cargo dura lo que fijen los estatutos, sin superar seis años. Vencido el plazo, el nombramiento caduca con la siguiente junta o al terminar el plazo para celebrar la junta ordinaria. En la sociedad limitada el cargo es indefinido, salvo que los estatutos digan otra cosa.

La plantilla

Plazos que afectan a la empresa como empleadora. Los de sanción y despido corren muy deprisa: conviene anotar desde el primer día la fecha en que la empresa conoce los hechos.

10, 20 o 60 días

desde que la empresa conoce la falta (leve, grave o muy grave) y, en todo caso, seis meses desde que se cometió

Sancionar una falta de un trabajador

Pasado el plazo, la falta prescribe y ya no puede sancionarse, tampoco con un despido disciplinario. Conviene documentar cuándo se tuvo conocimiento de los hechos.

20 días hábiles

desde el día siguiente al despido

Impugnación de un despido por el trabajador

Es el plazo de caducidad del trabajador para demandar; la solicitud de conciliación lo interrumpe. El mismo plazo rige para impugnar un traslado o una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, contado desde la notificación de la decisión.

4 años

de conservación de cada registro diario

Conservar el registro de jornada

La empresa debe registrar cada día la hora de inicio y de fin de la jornada de cada persona trabajadora y conservar los registros cuatro años, a disposición de la plantilla, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.

Cobros y pagos entre empresas

Plazos de la morosidad y de la reclamación de deudas entre empresas.

30 días; máximo 60

desde la recepción de la mercancía o del servicio

Plazo de pago entre empresas

Si el contrato no fija un plazo, el cliente debe pagar a los treinta días naturales. Las partes pueden ampliarlo, pero nunca por encima de sesenta días naturales.

5 años

desde que puede exigirse el pago, por ejemplo, desde el vencimiento de la factura

Reclamar una deuda

Es el plazo general de prescripción de las acciones personales. Una reclamación extrajudicial del acreedor, una demanda o un reconocimiento de la deuda por el deudor lo interrumpen y vuelve a empezar.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si los administradores no convocan la junta cuando hay pérdidas graves?

Si las pérdidas dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital, los administradores tienen dos meses para convocar la junta. Si no lo hacen, responden solidariamente con su patrimonio de las deudas de la sociedad posteriores a esa situación (arts. 363.1.e), 365 y 367 LSC).

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para sancionar a un trabajador?

Diez días para las faltas leves, veinte para las graves y sesenta para las muy graves, desde que la empresa conoce los hechos, y en todo caso seis meses desde que se cometieron (art. 60.2 ET).

¿Cuánto tiempo hay para reclamar una factura impagada?

Con carácter general, cinco años desde que pudo exigirse el pago (art. 1964.2 CC). Una reclamación extrajudicial interrumpe el plazo (art. 1973 CC); conviene hacerla por un medio que deje constancia, como un burofax.

Otras herramientas y guías

¿Prefiere que el estudio vigile estos plazos?

Las igualas incluyen alertas sobre los principales plazos societarios y mercantiles de su empresa. La primera reunión no tiene coste ni compromiso.